¿Trabajo freelance o relación laboral? Un fallo clave en tiempos de teletrabajo global

Bianoc Giorgio - Consultora Cuatro Punto Cero

por Cont.Bianco Giorgio.

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En un contexto donde el trabajo remoto y la contratación internacional son moneda corriente, la Justicia argentina vuelve a marcar límites claros entre el trabajo autónomo y la relación laboral. El reciente fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en el caso Simunic c/ Atio LLC ofrece una guía valiosa para profesionales, empresas y asesores legales.


📌 El caso en cuestión

Causa: Simunic Ivana Lucía c/ Atio International LLC y otros s/ despido
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo – Sala VIII
Fecha del fallo: 13 de febrero de 2025
Cita: MJ-JU-M-155046-AR

Una ingeniera informática demandó a una empresa extranjera reclamando indemnización por despido, alegando la existencia de una relación laboral. Sin embargo, tanto el juzgado de primera instancia como la Cámara rechazaron la demanda, al considerar que la prestación de servicios se encuadraba dentro de un régimen autónomo.


⚖️ ¿Qué dijo la Justicia?

El tribunal concluyó que no se acreditaron los elementos esenciales de una relación laboral, conforme a lo establecido en los artículos 23 y 64 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). En particular, destacó la ausencia de:

  • Subordinación técnico-jurídica: No se probó que la actora recibiera órdenes, instrucciones o estuviera sujeta a una estructura jerárquica.
  • Dependencia económica: No hubo evidencia de exclusividad ni de integración a una organización ajena.
  • Organización empresarial: La actora trabajaba desde su domicilio, sin control horario ni trazabilidad local de los pagos.

Incluso ante la rebeldía procesal de los demandados (quienes no se presentaron al juicio), el tribunal sostuvo que los hechos relatados en la demanda no alcanzaban para presumir una relación laboral.


🛠️ Indicadores de trabajo autónomo

El fallo identificó varios elementos típicos de una prestación independiente:

  • Organización libre del trabajo por parte de la prestadora.
  • Ausencia de órdenes directas o supervisión.
  • Inexistencia de control horario.
  • Pagos realizados desde el extranjero.
  • Tareas técnicas propias de una profesión liberal.
  • Vínculo no exclusivo ni personalísimo.

🧠 ¿Por qué es importante este fallo?

Este pronunciamiento se inscribe en una tendencia jurisprudencial que exige pruebas concretas de subordinación y dependencia para reconocer una relación laboral, especialmente en sectores como tecnología, consultoría y servicios profesionales internacionales.

En un mundo laboral cada vez más digital y globalizado, donde el teletrabajo es la norma y los vínculos contractuales son más flexibles, este fallo recuerda que:

No todo vínculo remunerado configura una relación laboral.

Para que se active la protección de la LCT, es necesario demostrar que el trabajador está inserto en una organización ajena, sujeto a órdenes y dependiente económicamente de su contraparte.


📚 Conclusión

El caso Simunic c/ Atio LLC refuerza un principio clave del derecho laboral argentino: la forma en que se presta el servicio importa más que el hecho de prestar un servicio. Este criterio será cada vez más relevante en la economía digital, donde los límites entre independencia y dependencia se vuelven cada vez más difusos.

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