
por Cont.Bianco Giorgio.

A partir del 1 de diciembre de 2025, ARCA cambia las reglas del juego para muchos contribuyentes inscriptos en IVA.
La Resolución General 5762/2025 reemplaza a la vieja RG 1575 y trae tres ideas centrales:
- Desaparecen las facturas “M”.
- Aparecen dos nuevos tipos de facturas “A” con leyenda especial.
- Se refuerza el control sobre el comportamiento fiscal de cada contribuyente.
Vamos por partes.
1. Tres tipos de facturas “A”
Desde esta norma, podés quedar en una de estas situaciones:
- Factura “A” común
- Es la “A” de toda la vida: sin retenciones extra por el solo hecho de ser vos.
- Se otorga a quienes tengan una situación fiscal y patrimonial “sana” según los criterios de ARCA.
- Factura “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”
- Reemplaza a la vieja factura “M”.
- Se usa cuando ARCA detecta riesgos, inconsistencias o falta de solvencia.
- El cliente que te compra te retiene IVA y Ganancias al pagarte.
- Factura “A” con leyenda “PAGO EN CBU INFORMADA”
- Es una opción para algunos contribuyentes que sí cumplen ciertos requisitos.
- Obliga a que te paguen por transferencia o depósito en una CBU informada a ARCA.
- Es un esquema más bancarizado y trazable.
2. ¿Cómo decide ARCA qué tipo de factura te da?
Cuando pedís por primera vez facturas “A”, ARCA mira básicamente tres cosas:
- Tu historial fiscal (cumplimientos, inconsistencias, bajas recientes en IVA, etc.).
- Tu solvencia patrimonial (bienes, participación en inmuebles/vehículos, etc.).
- Tu comportamiento declarado en IVA y Ganancias.
Si el perfil cierra, vas a “A común” (y opcionalmente “A – pago en CBU informada”).
Si no, te toca “A – OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”.
No hace falta que el contribuyente conozca al detalle todos los artículos: lo importante es entender que ARCA cruza datos y clasifica el riesgo.
3. Qué pasa si emitís “A – OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”
Acá está uno de los puntos más prácticos de la norma.
Si vos emitís una Factura “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”:
- Tu cliente responsable inscripto en IVA:
- Te retiene IVA, calculando el impuesto de la operación con la alícuota completa.
- Te retiene Ganancias, aplicando el 6% sobre la misma base.
- Si paga en varias cuotas, la retención se distribuye entre esos pagos.
- Debe entregarte el comprobante de retención (SICORE o SIRE) en el momento del pago.
Para vos, esas retenciones:
- En IVA cuentan como impuesto ya pagado y se computan en tu declaración jurada.
- En Ganancias se computan como una retención más, con las reglas habituales.
Si tu cliente no te retiene, la norma deja claro que él puede quedar personal y solidariamente responsable frente al fisco.
4. Qué implica la factura “A – PAGO EN CBU INFORMADA”
Si entrás en este régimen:
- Tenés que informar una CBU propia a ARCA al momento de la solicitud.
- Tus clientes responsables inscriptos en IVA deben pagarte:
- El total de la factura, menos retenciones de otros regímenes,
- Exclusivamente por transferencia o depósito en esa CBU.
- Si te compra un monotributista, te debe pagar todo por banco, sin efectivo.
Objetivo: más trazabilidad y menos “plata suelta” por afuera del sistema.
5. Controles cuatrimestrales: ARCA te reevalúa
Cada cuatro meses, ARCA mira la información que presentaste:
- Libro IVA Digital o
- Declaración F. 2051 (según el régimen que te corresponda).
En febrero, junio y octubre revisa tu comportamiento y decide si seguís:
- Emitiendo “A común”, o
- Pasás a “A – OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”.
Antes de la evaluación definitiva, ARCA te envía una “simulación preventiva” al domicilio fiscal electrónico, mostrando inconsistencias para que las corrijas.
Si corregís, podés pedir un reproceso y mejorar el resultado.
6. ¿Desde cuándo rige todo esto?
La Resolución General 5762/2025 entra en vigencia el 1 de diciembre de 2025.
Desde ahí:
- La factura “M” entra en retirada: solo se pueden usar las impresas hasta que venza su autorización.
- Todo el nuevo esquema de facturas “A” con leyendas, retenciones y CBU empieza a jugar en serio.
En pocas palabras
- La “M” no desaparece mágicamente: se convierte en una “A con sello de desconfianza” (“OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”).
- ARCA mira patrimonio + conducta fiscal + declaraciones y, según eso, te ubica.
- Si quedás en “A sujeta a retención”, tus clientes te van a retener bastante cada vez que te paguen.
- Si optás por “PAGO EN CBU INFORMADA”, ARCA te empuja a un mundo más bancarizado y trazable.

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