Adiós factura “M”, hola nuevas facturas “A”: qué cambia desde diciembre 2025

Bianoc Giorgio - Consultora Cuatro Punto Cero

por Cont.Bianco Giorgio.

A partir del 1 de diciembre de 2025, ARCA cambia las reglas del juego para muchos contribuyentes inscriptos en IVA.
La Resolución General 5762/2025 reemplaza a la vieja RG 1575 y trae tres ideas centrales:

  1. Desaparecen las facturas “M”.
  2. Aparecen dos nuevos tipos de facturas “A” con leyenda especial.
  3. Se refuerza el control sobre el comportamiento fiscal de cada contribuyente.

Vamos por partes.

Desde esta norma, podés quedar en una de estas situaciones:

  1. Factura “A” común
    • Es la “A” de toda la vida: sin retenciones extra por el solo hecho de ser vos.
    • Se otorga a quienes tengan una situación fiscal y patrimonial “sana” según los criterios de ARCA.
  2. Factura “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”
    • Reemplaza a la vieja factura “M”.
    • Se usa cuando ARCA detecta riesgos, inconsistencias o falta de solvencia.
    • El cliente que te compra te retiene IVA y Ganancias al pagarte.
  3. Factura “A” con leyenda “PAGO EN CBU INFORMADA”
    • Es una opción para algunos contribuyentes que sí cumplen ciertos requisitos.
    • Obliga a que te paguen por transferencia o depósito en una CBU informada a ARCA.
    • Es un esquema más bancarizado y trazable.

Cuando pedís por primera vez facturas “A”, ARCA mira básicamente tres cosas:

  • Tu historial fiscal (cumplimientos, inconsistencias, bajas recientes en IVA, etc.).
  • Tu solvencia patrimonial (bienes, participación en inmuebles/vehículos, etc.).
  • Tu comportamiento declarado en IVA y Ganancias.

Si el perfil cierra, vas a “A común” (y opcionalmente “A – pago en CBU informada”).
Si no, te toca “A – OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”.

No hace falta que el contribuyente conozca al detalle todos los artículos: lo importante es entender que ARCA cruza datos y clasifica el riesgo.

Acá está uno de los puntos más prácticos de la norma.

Si vos emitís una Factura “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”:

  • Tu cliente responsable inscripto en IVA:
    • Te retiene IVA, calculando el impuesto de la operación con la alícuota completa.
    • Te retiene Ganancias, aplicando el 6% sobre la misma base.
  • Si paga en varias cuotas, la retención se distribuye entre esos pagos.
  • Debe entregarte el comprobante de retención (SICORE o SIRE) en el momento del pago.

Para vos, esas retenciones:

  • En IVA cuentan como impuesto ya pagado y se computan en tu declaración jurada.
  • En Ganancias se computan como una retención más, con las reglas habituales.

Si tu cliente no te retiene, la norma deja claro que él puede quedar personal y solidariamente responsable frente al fisco.

Si entrás en este régimen:

  • Tenés que informar una CBU propia a ARCA al momento de la solicitud.
  • Tus clientes responsables inscriptos en IVA deben pagarte:
    • El total de la factura, menos retenciones de otros regímenes,
    • Exclusivamente por transferencia o depósito en esa CBU.
  • Si te compra un monotributista, te debe pagar todo por banco, sin efectivo.

Objetivo: más trazabilidad y menos “plata suelta” por afuera del sistema.

Cada cuatro meses, ARCA mira la información que presentaste:

  • Libro IVA Digital o
  • Declaración F. 2051 (según el régimen que te corresponda).

En febrero, junio y octubre revisa tu comportamiento y decide si seguís:

  • Emitiendo “A común”, o
  • Pasás a “A – OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”.

Antes de la evaluación definitiva, ARCA te envía una “simulación preventiva” al domicilio fiscal electrónico, mostrando inconsistencias para que las corrijas.
Si corregís, podés pedir un reproceso y mejorar el resultado.

La Resolución General 5762/2025 entra en vigencia el 1 de diciembre de 2025.

Desde ahí:

  • La factura “M” entra en retirada: solo se pueden usar las impresas hasta que venza su autorización.
  • Todo el nuevo esquema de facturas “A” con leyendas, retenciones y CBU empieza a jugar en serio.
  • La “M” no desaparece mágicamente: se convierte en una “A con sello de desconfianza” (“OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”).
  • ARCA mira patrimonio + conducta fiscal + declaraciones y, según eso, te ubica.
  • Si quedás en “A sujeta a retención”, tus clientes te van a retener bastante cada vez que te paguen.
  • Si optás por “PAGO EN CBU INFORMADA”, ARCA te empuja a un mundo más bancarizado y trazable.

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